Real Decreto 902/2020, Igualdad Retributiva

GFS Auditores Asociados

igualdad retributiva

Real Decreto 902/2020, Igualdad Retributiva

El Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres entra en vigor este mes de abril. El pasado el 13 de octubre el BOE publicó el RD con el objetivo de establecer medidas específicas para la efectividad del derecho a la igualdad de trato entre hombres y mujeres junto a la no discriminación en materia retributiva.

Así mismo, se busca desarrollar mecanismos para identificar y corregir posibles discriminaciones a fin de luchar contra estas.

Puntos clave del Real Decreto 902/2020:

Auditoria retributiva 

  • Realización del diagnóstico de la situación retributiva en la empresa.
  • Establecer un plan de actuación para corregir las desigualdades retributivas. Este deberá contener un sistema de seguimiento y de implantación

Registro Redistributivo 

  • Todas las empresas, por obligación tendrán que tener un registro retributivo con todo el personal trabajador
  • Este registro garantiza la transparencia de la organización. Deberá estar actualizado y ser fiel a la realidad retributiva.
  • El registro retributivo deberá incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla desagregados por sexo y distribuidos conforme a lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Contratos de tiempo parcial 

  • Los empleados con estas condiciones de contrato, tendrán los mismos derechos retributivos que los trabajadores a tiempo completo, en principio de proporcionalidad.
  • Toda reducción proporcional deberá garantizar asimismo que no tenga repercusión negativa alguna en el disfrute de los derechos relacionados con la maternidad y el cuidado de menores o personas dependientes.

Guía técnica para realizar las auditorías retributivas

  • El Instituto de la Mujer elaborará una guía con indicaciones para realizar las auditorías retributivas con perspectiva de género.
  • Estará en colaboración con organizaciones sindicales y empresariales representativas

Principio de transparencia retributiva

  • Los convenios colectivos deberán incorporar y aplicar el principio de transparencia retributiva
  • Este principio se aplicará gracias a las regulaciones del RD como:
    • los registros retributivos
    • la auditoría retributiva
    • el sistema de valoración de puestos de trabajo de la clasificación profesional
    • el derecho de información de los trabajadores
  • Los diferentes aspectos tratados, se podrá obtener información suficiente y significativa sobre el valor de las atribuciones a dicha retribución de los empleados

Retribución por trabajo y su valor 

  • Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, se desempeñen de forma profesional y sin tener en cuenta otras condiciones que no sean laborales y competentes.

 

 

Pueden consultar la legislación entera aquí.

Otros enlaces de interés: Plan de igualdad para las empresas

En colaboración con Assemp BCN

GFS Auditors 

 

Compartir:

Entradas relacionadas